Micelio

Artículo 6

Ley 9 de 1981 · por la cual se reorganiza el Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones Exteriores y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo sexto. La Nación, por intermedio del Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones Exteriores, continuará cobrando a los usuarios el valor que se cause por razón de las libretas para pasaportes y de los demás haberes que conforme a la ley y por mandato del Gobierno deban ingresar a dicho Fondo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 9 de 1981