Micelio

Artículo 1

Crease El Consejo De Informática Y Recursos Humanos, El Cual Estará Integrado Por: A) El Secretario General De La Presidencia De La República, Quién Lo Presidirá, O Su Delegado

Decreto 146 de 1983 · Por el cual se crea el Consejo de Informática y Recursos Humanos

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Crease el Consejo de Informática y Recursos Humanos, el cual estará integrado por

a)

El Secretario General de la Presidencia de la República, quién lo presidirá, o su delegado.

b)

El Ministro de Comunicaciones o su delegado.

c)

El Jefe del Departamento Nacional de Planeación, o su delegado.

d)

El Asesor Presidencial para Educación a Distancia, o su delegado.

e)

El Director de Colciencias, o su delegado.

f)

Tres miembros designados por el Presidente de la Republica.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 146 de 1983