Artículo segundo. Con base en el contracrédito de que trata el artículo anterior, hácese el siguiente al Presupuesto de Rentas e Ingresos de la presente vigencia fiscal: RENTAS DE IMPOSICION b) Impuestos Indirectos. Del numeral 29. Reintegro del Banco de la República por depósitos constituídos para el pago de la deuda externa comercial ya aplicados y por aplicar. (Impuestos del 10% sobre canje de "Certificados de Cambio" por giros en monedas extranjeras, y del 15% sobre las exportaciones según Decreto legislativo 0107 de 1957, -saldo del año de 1957 $ 118.000.000.00, y vigencia fiscal de 1958, $ 324.00 0.000.00-). $ 10.000.000.00
Decreto 60 de 1958 →Vigente
Artículo 2
Decreto 60 de 1958 · Por el cual se hacen unos contracréditos al Presupuesto de Rentas e Ingresos y Ley de Apropiaciones, para la presente vigencia fiscal. (Ministerio de Hacienda y Crédito Público-Deuda Pública Nacional)
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.