Micelio

Artículo 107

Decreto 2620 de 2000 · Por el cual se reglamentan parcialmente la Ley 3ª de 1991 en relación con el Subsidio Familiar de Vivienda en dinero y en especie para áreas urbanas, la Ley 49 de 1990, en cuanto a su asignación por parte de las Cajas de Compensación Familiar y la Ley 546 de 1999, en relación con la vivienda de interés social

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Registro de oferta y demanda durante el período de transición. En las asignaciones de subsidios que se realicen de acuerdo con las normas del presente decreto, mientras se contrata la entidad privada que se encargará del procesamiento de la información a que se hace referencia en los artículos 99 y 100, el sistema de información de oferta y demanda operará en la siguiente forma:

1. El Inurbe centralizará y consolidará la información del Registro de Ahorradores remitida por las entidades captadoras de recurso. Lo anterior, sin perjuicio de que las Cajas de Compensación Familiar puedan obtener esta información en forma directa.

2. La información del ahorro previo que corresponda a los afiliados de las Cajas de Compensación Familiar será enviada por el Inurbe a cada Caja, dentro de los ocho (8) días siguientes a las fechas de cierre de las postulaciones en cada período de asignación.

3. El Registro de Postulantes será llevado por cada una de las entidades otorgantes, en relación con los postulantes que les correspondan.

4. Cada entidad otorgante realizará los procesos de calificación y asignación de los subsidios que les corresponden, en un todo de conformidad con las normas establecidas en el presente decreto.

5. El registro de oferta será consolidado por el Inurbe, de acuerdo con su propia información y la envía da por los establecimientos de crédito que declaren la elegibilidad de los planes y conjuntos de soluciones de vivienda. En tanto se realice la contratación del operador del Sistema de Información del Subsidio, la escogencia de la auditoría se realizará por parte del Inurbe.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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