El régimen de prestaciones sociales para los empleado públicos y trabajadores oficiales de la Caja, será el determinado en el Decreto ley 2701 de 1988 y demás normas que lo modifiquen, adicionen o sustituyan.
PARÁGRAFO . En cuanto al régimen de seguridad social, será el determinado en la Ley 100 de 1993 y demás normas que la modifiquen, adicionen o sustituyan.