Micelio

Artículo 6

º

Decreto 2378 de 1997 · Por el cual se reglamenta el artículo 35 de la Ley 344 de 1996, el artículo 7o del Decreto Extraordinario 1547 de 1984 y se regula parcialmente la organización y funcionamiento del Fondo Nacional de Calamidades y de su Junta Consultora en materia presupuestal

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y derogas las disposiciones que le sean contrarias. Publíquese, comuníquese y cúmplase. Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 22 de septiembre de 1997. ERNESTO SAMPER PIZANO El Ministro del Interior, Carlos Holmes Trujillo García. El Viceministro de Hacienda y Crédito Público encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público, Eduardo Fernández Delgado.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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