Micelio

Artículo 6

El Interesado Deberá Hacer Las Gestiones Necesarias Para Las Publicaciones Y La Remisión De Los Pliegos De Que Se Trata Dentro De Los Quince (15) Días Siguientes A La Fecha De Su Entrega Por La Secretaría Del Ministerio, Gestiones Que Comprobará Con La Presentación De Los Recibos Que Acrediten El Pago De Los Derechos De Publicación Y La Remisión De Los Despachos

Decreto 2514 de 1952 · por el cual se dictan unas disposiciones sobre explotación de metales no preciosos y sustancias minerales no metálicas de la reserva nacional.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. El interesado deberá hacer las gestiones necesarias para las publicaciones y la remisión de los pliegos de que se trata dentro de los quince (15) días siguientes a la fecha de su entrega por la Secretaría del Ministerio, gestiones que comprobará con la presentación de los recibos que acrediten el pago de los derechos de publicación y la remisión de los despachos. Si dentro de dicho término no se hubieren hecho gestiones, se estimará que el interesado desiste de su solicitud.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2514 de 1952