Micelio

Artículo 13

Los Demás Miembros Del Consejo Tendrán Las Siguientes Atribuciones: 1ª Presentar Proposiciones Al Consejo, Bien Sea En El Curso De Una Sesión, O Bien Por Conducto Del Gran Canciller, Aisladamente, Con El Fin ¡de Obtener: La Condecoración O La Promoción, Para Personajes Que A Juicio Del Proponente Se Hayan Hecho Acreedores A Tal Honor

Decreto 1589 de 1954 · Por el cual se crea la condecoración Orden Militar "Trece de Junio"

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los demás miembros del Consejo tendrán las siguientes atribuciones: 1ª Presentar proposiciones al Consejo, bien sea en el curso de una sesión, o bien por conducto del Gran Canciller, aisladamente, con el fin ¡de obtener: la condecoración o la promoción, para personajes que a juicio del proponente se hayan hecho acreedores a tal honor. Con la proposición presentarán una memoria sobre los méritos del candidato. 2ª Emitir su concepto sobre las cuestiones que se sometan a la consideración del Consejo, o en aquellas que se les hayan confiado en comisión. 3ª Proponer reuniones extraordinarias en las condiciones indicadas en el artículo 4° de estos estatutos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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