Micelio

Artículo 2.2.6.1.4.2

Transición Para Proyectos De Telecomunicaciones Sociales

Decreto 1078 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Transición para proyectos de telecomunicaciones sociales. Los permisos para el uso del espectro radioeléctrico que fueron calificados como proyectos de telecomunicaciones sociales y a los cuales les fue aplicable el régimen excepcional de contraprestaciones que establecía el artículo 33 del Decreto 2041 de 1998, modificado por el artículo 2° del Decreto 1705 de 1999, podrán continuar con los descuentos que establecía dicho régimen excepcional durante la vigencia de los títulos habilitantes. Para este efecto, así como para la prórroga de dichos títulos, se calcularán las contraprestaciones, con las fórmulas y constantes que establezca el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.

(Decreto 1161 de 2010, artículo 16)

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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