Situación financiera. El Superintendente Nacional de Salud, podrá ordenar visitas de inspección a las Empresas de Medicina Prepagada, para constatar su situación financiera, así como la del sector en su conjunto. Las empresas, a su turno, deberán remitir trimestralmente a la Superintendencia Nacional de Salud los estados financieros y sus correspondientes anexos.
Decreto 800 de 1992 →Vigente
Artículo 20
Situación Financiera
Decreto 800 de 1992 · por el cual se reglamenta la organización y funcionamiento de los servicios de Medicina Prepagada.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.