A.1.6. De los Integrantes y Actores del Sistema Nacional de Protección y Bienestar Animal (SINAPYBA). El Sistema Nacional de Protección y Bienestar Animal (SINAPYBA) estará conformado por los integrantes previstos en el artículo 31 de la Ley 2294 de 2023, así
Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural.
Ministerio de Salud y Protección Social.
Ministerio de Transporte.
Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible.
Departamento Nacional de Planeación. Así mismo, formarán parte del Sistema Nacional de Protección y Bienestar Animal (SINAPYBA) los demás organismos y entidades públicas, mixtas, nacionales, regionales, locales y entidades territoriales, con injerencia en temas de protección y bienestar animal, según su misionalidad, competencias y funciones, que para el efecto del presente capítulo se denominarán actores públicos del SINAPYBA. El Sistema Nacional de Protección y Bienestar Animal (SINAPYBA) contará con el apoyo de los particulares y los actores privados, tales como organizaciones de la sociedad civil, cooperación internacional, academia y ciudadanos.
Las actuaciones de los integrantes y actores públicos del Sistema Nacional de Protección y Bienestar Animal (SINAPYBA) se enmarcarán en las competencias y funciones establecidas para cada uno de ellos en el ordenamiento jurídico vigente. Dichas actuaciones, así como aquellas adelantadas en cumplimiento a la Política Nacional de Protección y Bienestar Animal (PNPYBA) y su plan de acción, deberán ser reportadas a la secretaría técnica del Comité Nacional Intersectorial de Protección y Bienestar Animal (CNPYBA) de que trata el artículo 2.2.1.3A.1.10 del presente capítulo.