El laudo arbitral y la sentencia del tribunal superior en su caso, podrán revisarse por los motivos y mediante procedimiento determinados en los artículos 379 a 385 del Código de Procedimiento Civil. Sin embargo no podrá alegarse la causal séptima del artículo 380 del mismo Código por la parte que interpuso el recurso de anulación.
Decreto 410 de 1971 →Derogado
Artículo 2022
Revisión Del Laudo Arbitral
Decreto 410 de 1971 · POR LA CUAL SE EXPIDE EL CÓDIGO DE COMERCIO
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.