Micelio

Artículo 1

Las Empresas Sociales Del Estado De Las Entidades Territoriales, Podrán Desarrollar Sus Funciones Mediante Contratación Con Terceros O Convenios Con Entidades Públicas O Privadas, O A Través De Operadores Externos

Decreto 536 de 2004 · por el cual se reglamenta parcialmente el artículo 192 de la Ley 100 de 1993.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Las Empresas Sociales del Estado de las entidades territoriales, podrán desarrollar sus funciones mediante contratación con terceros o convenios con entidades públicas o privadas, o a través de operadores externos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 536 de 2004