°. Desde la misma fecha, para hacer el computo o determinar la renta líquida producida por el concepto de explotaciones de petróleos el país, se deducirá de la renta bruta lo correspondiente al agotamiento, o consunción del yacimiento que se explota.
Decreto 10 de 1950 →Vigente
Artículo 2
Desde La Misma Fecha, Para Hacer El Computo O Determinar La Renta Líquida Producida Por El Concepto De Explotaciones De Petróleos El País, Se Deducirá De La Renta Bruta Lo Correspondiente Al Agotamiento, O Consunción Del Yacimiento Que Se Explota
Decreto 10 de 1950 · Por el cual se dictan algunas disposiciones en el ramo de Petróleos
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.