Micelio

Artículo 2

Desde La Misma Fecha, Para Hacer El Computo O Determinar La Renta Líquida Producida Por El Concepto De Explotaciones De Petróleos El País, Se Deducirá De La Renta Bruta Lo Correspondiente Al Agotamiento, O Consunción Del Yacimiento Que Se Explota

Decreto 10 de 1950 · Por el cual se dictan algunas disposiciones en el ramo de Petróleos

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Desde la misma fecha, para hacer el computo o determinar la renta líquida producida por el concepto de explotaciones de petróleos el país, se deducirá de la renta bruta lo correspondiente al agotamiento, o consunción del yacimiento que se explota.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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