° Fíjase el monto líquido del Presupuesto especial de Crédito Público en el año de 1910, para, la emisión de documentos de deuda de la República, en la cantidad de dos millones doscientos veinticinco mil pesos ($ 2.225,000), así: Para emisión de vales de extranjeros $ 500,000 Para emisión de vales por recompensas militares 100,000 Para emisión de vales de la guerra de 1895 20,000 Para emisión de vales de la guerra de 1899 700,000 Para emisión de vales de Tesorería 10,000 Para emisión de vales por primas de exportación de 1907 25,000 Para emisión de pagarés del Tesoro 100,000 Para emisión de vales por ceses militares 100,000 Para emisión de bonos de licores 50,000 Para emisión de bonos colombianos 20,000 Para emisión de bonos especiales por primas de exportación de las Aduanas del Pacífico y Cúcuta 500,000 Para emisión de bonos del Ferrocarril de Antioquia 100,000 Total $ 2.225,000
Decreto 43 de 1910 →Vigente
Artículo 3
° Fíjase El Monto Líquido Del Presupuesto Especial De Crédito Público En El Año De 1910, Para, La Emisión De Documentos De Deuda De La República, En La Cantidad De Dos Millones Doscientos Veinticinco Mil Pesos ($ 2
Decreto 43 de 1910 · Sobre primera liquidación de los Presupuestos Nacionales de Rentas y Gastos y del especial de crédito público para la vigencia económica de 1910
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.