Micelio

Artículo 4

º

Decreto 1730 de 1994 · por el cual se reglamenta la Ley 138 del 9 de junio de 1994

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . De las responsabilidades de los retenedores. Las personas naturales o jurídicas que beneficien fruto de palma, ya sea por cuenta propia o de terceros, serán responsables por el valor de las sumas recaudadas por las cuotas dejadas de recaudar y por las liquidaciones equivocadas o defectuosas. El retenedor deberá enviar mensualmente a la entidad administrador a una certificación detallada de los recaudos, suscrita por la persona natural responsable o por el representante legal y el Contador o Revisor Fiscal, según el caso.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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