ARTICULO 72 . Exclusividad del Pago. - Las indemnizaciones y bonificaciones a que se refieren los artículos anteriores únicamente se reconocerán a los empleados públicos que estén vinculados al Ministerio en la fecha de vigencia del presente Decreto. CAPITULO XIV DISPOSICIONES VARIAS
Decreto 2145 de 1992 →Vigente
Artículo 72
Decreto 2145 de 1992 · por el cual se reestructura el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.