Micelio

Artículo 4

Ley 204 de 1995 · por la cual el Estado Colombiano se asocia a la Unión Interparlamentaria.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los gastos que debe sufragar el Estado colombiano en desarrollo de la presente Ley, se imputarán con cargo al presupuesto del Congreso de la República de Colombia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 204 de 1995