Micelio

Artículo 2.2.10.16.2

T Raslado Del Pago De Pensiones

Decreto 1833 de 2016 · por medio del cual se compilan las normas del Sistema General de Pensiones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

T raslado del Pago de Pensiones . El Fondo de Pensiones Públicas del Nivel Nacional (Fopep), asumirá el pago de las pensiones legalmente reconocidas por el Fondo Nacional de Caminos Vecinales (FNCV) y originadas en fallos judiciales, una vez el Consejo Asesor del Fondo de Pensiones Públicas de Nivel Nacional (Fopep) verifique el cumplimiento de los requerimientos que se efectúen para el efecto y autorice el respectivo traslado. (Decreto 1790 de 2003, artículo 21).

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1833 de 2016