Micelio

Artículo 8

º

Decreto 2158 de 1997 · por el cual se desarrolla la estructura orgánica, se determina la visión, misión, funciones y principios de la gestión en la Policía Nacional.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Oficina de Gestión lnstitucional. Son funciones de la Oficina de Gestión Institucional

1.

Promover la cultura de la planeación como una práctica permanente en todos los niveles de la organización policial.

2.

Asesorar y asistir el diseño y gerenciamiento de procesos que aseguren el desarrollo y proyección de la política institucional.

3.

Diseñar en forma concertada y participativa los planes de Desarrollo y Estratégico Institucional, así como consolidar los planes de acción que de éstos se deriven.

4.

Generar espacios para la investigación y análisis que soporten la toma de decisiones y permitan hacer proyecciones institucionales.

5.

Promover planes de mejoramiento continuo que contribuyan a elevarlos estándares de calidad en los procesos y procedimientos, haciendo eficiente la prestación del servicio de policía.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2158 de 1997