Micelio

Artículo 1.2.1.5.1.18

Causales Que No Justifican La Extemporaneidad En La Presentación De La Información

Decreto 1625 de 2016 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario en materia tributaria.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Causales que no justifican la extemporaneidad en la presentación de la información. No constituyen causales de justificación de la extemporaneidad en la presentación de la información:

1.

Los daños en los sistemas, conexiones y/o equipos informáticos del informante.

2.

Los daños del instrumento de firma electrónica.

3.

El olvido de las claves asociadas al mismo, por quienes deben cumplir el deber formal de presentar la información.

4.

El no agotar los procedimientos previos a la presentación de la información, como el trámite de inscripción o actualización en el Registro Único Tributario y/o de la activación o asignación del instrumento de firma electrónica u obtención de la clave secreta por quienes deben cumplir con la obligación de informar en forma virtual o la solicitud de cambio o asignación con una antelación inferior a tres (3) días hábiles al vencimiento.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1625 de 2016