Causales que no justifican la extemporaneidad en la presentación de la información. No constituyen causales de justificación de la extemporaneidad en la presentación de la información:
Los daños en los sistemas, conexiones y/o equipos informáticos del informante.
Los daños del instrumento de firma electrónica.
El olvido de las claves asociadas al mismo, por quienes deben cumplir el deber formal de presentar la información.
El no agotar los procedimientos previos a la presentación de la información, como el trámite de inscripción o actualización en el Registro Único Tributario y/o de la activación o asignación del instrumento de firma electrónica u obtención de la clave secreta por quienes deben cumplir con la obligación de informar en forma virtual o la solicitud de cambio o asignación con una antelación inferior a tres (3) días hábiles al vencimiento.
TEXTO CORRESPONDIENTE A