Micelio

Artículo 12

Ley 69 de 1928 · Por la cual se dictan algunas disposiciones sobre defensa social

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La persona o personas que por medio de halagos, promesas, dadivas, ofertas de dinero u otros efectos; o las que valiéndose de amenaza, intimidaciones o cualquier medio de violencia, intenten obligar a algún director de diario o periodista a hacer alguna de publicación de carácter calumnioso o injurioso contra personas naturales o jurídicas, empleados o entidades públicos; y también los directores de periódicos o periodistas que por medio de la amenaza consistente en hace alguna publicación de la índole expresada, traten de obligar a alguna publicación de la índole expresada, traten de obligar a alguna persona o entidad pública o privada a hacer o a no hacer alguna cosa, sufrirán la pena de tres meses a un año de arresto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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