Micelio

Artículo 26

De La División De Control Financiero

Decreto 2332 de 1977 · Por el cual se reorganiza el Departamento de Aeronáutica Civil

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

De la División de Control Financiero . Son funciones de la División de Control Financiero

1.

Preparar la información necesaria para elaborar los proyectos de presupuesto del Departamento y del Fondo Aeronáutico Nacional;

2.

Conforme a las disposiciones vigentes sobre la materia, llevar el registro y control de los ingresos y egresos del Fondo Aeronáutico Nacional y rendir los informes correspondientes;

3.

Preparar y tramitar ante la Delegada de la Dirección General del Presupuesto del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, las solicitudes de traslados y créditos presupuéstales necesarios para cada vigencia fiscal;

4.

Analizar la ejecución presupuestal y proponer las modificaciones que .se requieran;

5.

Preparar en coordinación con la Delegada de la Dirección General del Presupuesto del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, los acuerdos de ordenación de gastos y de obligaciones conforme a las' disposiciones vigentes;

6.

Llevar el control de la deuda interna y externa del Fondo Aeronáutico Nacional;

7.

Llevar el control financiero de las importaciones que realice el Departamento o el Fondo Aeronáutico Nacional;

8.

Coordinar con las distintas dependencias del Departamento el desarrollo de la programación presupuestad y

9.

Las demás que le sean encomendadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2332 de 1977