º . El artículo 50 del Decreto 326 de 1996, quedará así: "Régimen de Transición. Los aportantes continuarán cotizando al sistema de seguridad social según las normas y procedimientos existentes, hasta que empiecen a cumplir con las obligaciones contenidas en este Decreto, de acuerdo con el cronograma incluido en el artículo anterior".
Decreto 1156 de 1996 →Vigente
Artículo 6
Decreto 1156 de 1996 · por el cual se dictan normas en materia del Sistema de Seguridad Social Integral.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.