Micelio

Artículo 2

Ley 1851032601 de 1851 · Sobre inmunidades de los ajentes diplomáticos de naciones estranjeras.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 2.° Serán igualmente nulas i de ningun valor ni efecto las providencias de cualquiera clase que se dicten emplazando a dichos ajentes diplomáticos o a alguna persona de sus familias, comitivas o servidumbres, para hacerlas comparecer en juicio o para confiscar, embargar o detener sus equipajes i correspondencia, o los demás artículos destinados para su propio uso, o necesarios al desempeño de sus funciones; i en ningun caso ni bajo pretesto alguno, serán allanadas las habitaciones de tales personas, ni se ejercerá en ellas acto alguno de jurisdiccion.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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