Régimen disciplinario. Los aspirantes a oficiales y suboficiales de los servicios que adelanten los cursos de formación y orientación policial de que trata el presente capítulo, mientras permanezcan en dichos cursos, estarán sometidos al reglamento de régimen disciplinario en las mismas condiciones que lo están los alumnos de las escuelas de formación.
Decreto 8 de 1980 →Vigente
Artículo 41
Régimen Disciplinario
Decreto 8 de 1980 · Por el cual se reglamenta el Decreto 613 de 1977, reorgánico de la carrera de Oficiales y Suboficiales de la Policía Nacional
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.