° Créase el puesto de Comandante de la flotilla fluvial de guerra, que será servido por un Oficial del grado de Coronel, con la asignación mensual de trescientos pesos ($ 300).
Decreto 446 de 1930 →Vigente
Artículo 3
Créase El Puesto De Comandante De La Flotilla Fluvial De Guerra, Que Será Servido Por Un Oficial Del Grado De Coronel, Con La Asignación Mensual De Trescientos Pesos ($ 300)
Decreto 446 de 1930 · POR EL CUAL SE SEÑALA LA DOTACION DEL PERSONAL DEL CAÑONERO COLOMBIA Y SE CREA EL PUESTO DE COMANDANTE DE LA FLOTILLA FLUVIAL DE GUERRA
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.