Micelio

Artículo 2.3.2.14

- Asamblea De Tenedores De Acciones Con Dividendo Preferencial Y Representante De Los Mismos

Decreto 653 de 1993 · por el cual se expide el Estatuto Orgánico del Mercado Público de Valores

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 2.3.2.14.- ASAMBLEA DE TENEDORES DE ACCIONES CON DIVIDENDO PREFERENCIAL Y REPRESENTANTE DE LOS MISMOS. Los tenedores de acciones con dividendo preferencial sin derecho de voto podrán reunirse en asamblea para deliberar y decidir sobre asuntos de interés común. Salvo los casos previstos en la ley, dicha asamblea no podrá tomar decisiones obligatorias para la sociedad pero podrá designar un representante.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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