Micelio

Artículo 100

Ley 576 de 2000 · Por la cual se expide el Código de Etica para el ejercicio profesional de la medicina veterinaria, la medicina veterinaria y zootecnia y zootecnia

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Facúltese al Consejo Profesional de Medicina Veterinaria yde Zootecnia de Colombia como ente consultivo del Gobierno Nacional en materia de ética y establézcase como una de sus facultades sin perjuicio de las asignadas en la Ley 73 de 1985 la organización, desarrollo y funcionamiento del Tribunal Nacional de Etica Profesional de estas disciplinas.

Parágrafo

Facúltese al Consejo Profesional de Medicina Veterinaria y de Zootecnia de Colombia para dictar el reglamento interno del Tribunal Nacional de Etica Profesional de Medicina Veterinaria y Zootecnia, Medicina Veterinaria y de Zootecnia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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