Son atribuciones del Intendente general : 1 a. La adquisición y reparto de provisiones, armamento, vestuario, equipo caballerías, ganados y todos los elementos y vehículos que se consideren necesarios para la subsistencia, armada y movilización del Ejército ; 2ª La adquisición y reparto á los Cuerpos, Hospitales y Ambulancias, de medicina é instrumentos quirúrgicos ; 3ª. La adquisición y reparto de locales para el alojamiento de la tropa en las poblaciones ó caminos, y de toldas de campaña ; 4ª. La organización de las Oficinas en cargadas de allegar recursos al Tesoro para el sostenimiento del Ejército; 5ª. La ordenación de todo lo relativo á la comprobación de los ingresos y egresos de las Tesorerías de guerra, y á la precisión y claridad de la Contabilidad que lleven estos empleados; 6ª La ordenación de acuerdo con el Ministerio de Guerra, de todo lo relativo á situación de fondos, inclusive la traslación de los sobrantes de una ú otra Comisaría; y 7ª El examen y visita de los Párques, fábricas de municiones, almacenes y Maestranzas.
Decreto 153 de 1898 →Vigente
Artículo 130
Son Atribuciones Del Intendente General : 1 A
Decreto 153 de 1898 · Orgánico de la Contabilidad Militar - Modelos - (Continuación)
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.