Artículo quinto. Los funcionarios profesionales deberán acreditar su idoneidad en la forma prevista en el artículo sexto del Decreto con fuerza de ley número 0365 de 11 de diciembre de 1957.
Decreto 2303 de 1959 →Vigente
Artículo 5
Decreto 2303 de 1959 · Por el cual se señalan las dependencias, el personal y las asignaciones del Ministerio de Minas y Petróleos
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.