Micelio

Artículo 4

Decreto 2045 de 2002 · por el cual se modifica la planta de personal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . El Ministro de Hacienda y Crédito Público mediante resolución, distribuirá los cargos de la planta de personal y ubicará a los funcionarios, teniendo en cuenta la estructura, los planes, los programas y las necesidades del servicio de la entidad.

Parágrafo 1

La incorporación de los empleados a la planta de personal establecida en el artículo 2º del presente decreto, se llevará a cabo dentro de los treinta (30) días siguientes a la publicación de este decreto, teniendo en cuenta lo dispuesto en el Decreto 1173 de 1999 y demás normas vigentes sobre la materia.

Parágrafo 2

Los empleados públicos vinculados al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, continuarán percibiendo la remuneración mensual que venían devengando hasta tanto se produzcan las incorporaciones a la nueva planta de personal y tomen posesión del cargo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2045 de 2002