Micelio

Artículo 4

Decreto 446 de 1886 · Por el cual se establece la libre elaboración de las Salinas de la República y se fijan los precios de la sal

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 4º. Para los efectos del artículo que antecede la sal marina de la Costa atlántica se considerará como sal de caldero.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 446 de 1886