Artículo primero . Adiciónanse los cómputos líquidos del Presupuesto de Rentas e Ingresos del Tesoro de la Nación para la vigencia fiscal encurso, con la cantidad de treinta y cinco millones ochocientos setenta y cinco mil pesos ($ 35.875.000.00) moneda corriente, que se incorpora con imputación al siguiente Numeral: Recursos del Crédito Numeral 128. Producto del empréstito contratado con el Banco Internacional para Reconstrucción y Fomento, de Washington, según convenios de 10 de septiembre de 1953 y 4 de noviembre de 1954, aprobado por Decreto legislativo 3424 de 1954, adicional al convenio de 10 de abril de 1951, para financiar en parte el plan de carreteras nacionales (US$ 14.350.000.00) al cambio del 250% $ 35.875.000.00
Decreto 1010 de 1955 →Vigente
Artículo 1
Decreto 1010 de 1955 · Por el cual se abren unos créditos adicionales-extraordinario - al Presupuesto de Ingresos y Gastos para la vigencia fiscal en curso (Ministerio de obras Públicas)
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.