Micelio

Artículo 2

Decreto 412 de 1963 · Por el cual se reajusta la Escala de Sueldos establecida por la Ley 4ª de 1962

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo segundo. Los empleos de que trata la Ley 4ª de 1962, quedan incorporados con efectividad al 1° de enero de 1963, en el nivel a), de la Escala establecida en el artículo anterior, y los funcionarios que los desempeñan no requieren nueva posesión.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 412 de 1963