Micelio

Artículo 2.5.5.3.3.7

Consignación De Dineros En Cuentas Del Administrador Del Frisco

Decreto 1068 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Consignación de dineros en cuentas del administrador del Frisco. En caso de que un tercero efectúe consignaciones de dinero respecto de bienes que no se encuentren en venta o que no guarden relación directa con la actividad comercial, el Administrador del Frisco pondrá en conocimiento de la Fiscalía General de la Nación y de la UIAF dicha situación para que inicien la investigación correspondiente. Dichos dineros deben ser puestos a disposición mediante depósito judicial a favor del tercero que efectuó la consignación.

TEXTO CORRESPONDIENTE A

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1068 de 2015