° Las Hermanitas de la Caridad, como encargadas de la administración y demás servicios del Panóptico, no tiene que rendir cuentas a la Corte ni a ningún otra oficina. Tan solo forman una cuenta de cobro y relación de gastos con los comprobantes respectivos, todo por duplicado, documentos que presentarán mensualmente al Ministerio de Gobierno para el reconocimiento y ordenación del gasto, como se dispone en el artículo 3.°.
Decreto 960 de 1906 →Vigente
Artículo 6
Las Hermanitas De La Caridad, Como Encargadas De La Administración Y Demás Servicios Del Panóptico, No Tiene Que Rendir Cuentas A La Corte Ni A Ningún Otra Oficina
Decreto 960 de 1906 · Por el cual se elimina la Sindicatura del Panóptico de Bogotá y se dictan otras disposiciones sobre la administración de la alimentación de los presos y demás gastos del mismo establecimiento
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.