Suspendido.
TEXTO CORRESPONDIENTE A
LEGISLACIÓN ANTERIOR
Artículo 123. Causales de ilegalidad.- Son causales para que una huelga sea declarada ilegal: 1a. Que no se hayan cumplido los procedimientos de arreglo directo y de conciliación en la forma legal; 2a. Que no haya sido declarada por la mayoría de los trabajadores de la empresa o empresas afectadas, o por la del sindicato a que estén afiliados más de la mitad de aquellos trabajadores. La votación será secreta; 3a. Que su objeto sea lícito; o 4a. Que no se limite a la suspensión pacifica del trabajo.