Art. 3.° Es entendido que en todo caso la Compañía ó empresa subvencionada, queda en la estricta obligación de hacer por lo menos seis viajes redondos en cada año, río Cauca arriba hasta el punto de Valdivia ó Raudales:
Ley 84 de 1888 →Vigente
Artículo 3
Gobierno Ejecutivo-Bogotá, Octubre 20 De 1888
Ley 84 de 1888 · Por la cual se fomenta la navegación por vapor del Bajo Cauca y el Nechí
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.