Micelio

Artículo 2

Ley 73 de 1944 · Por la cual se ordena la construcción de la carretera Soatá-Onzaga

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La suma necesaria para llevar a cabo la realización de los estudios, planos, construcción, etc., de esta vía, será incluida en la ley de apropiaciones, o tomada de la global que se incluya en la misma para carreteras, ministerio de obras públicas. En todo caso, ampliamente queda facultado el gobierno para financiar la obra, abrir créditos o verificar traslados con este fin.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 73 de 1944