° Con la consignación debe acompañarse un informe que contenga los siguientes datos: 1° Nombre de la empresa; 2° Nombre y dirección de los suscriptores de teléfonos, con indicación del número de aparatos y derivaciones que hayan tenido en uso durante el mes anterior, y del número de orden que les corresponda en el directorio.
Decreto 1870 de 1937 →Vigente
Artículo 2
Con La Consignación Debe Acompañarse Un Informe Que Contenga Los Siguientes Datos: 1° Nombre De La Empresa; 2° Nombre Y Dirección De Los Suscriptores De Teléfonos, Con Indicación Del Número De Aparatos Y Derivaciones Que Hayan Tenido En Uso Durante El Mes Anterior, Y Del Número De Orden Que Les Corresponda En El Directorio
Decreto 1870 de 1937 · Por el cual se reglamenta el recaudo del impuesto sobre los teléfonos
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.