Micelio

Artículo 4

Decreto 44 de 1952 · Por el cual se reglamenta la exportación de azúcar

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Para aprobar las licencias de exportación, los interesados deberán acompañar un certificado del Laboratorio Químico Nacional en el cual se establezcan las especificaciones técnicas sobre la calidad del azúcar que se va a exportar, las cuales deberán estar en armonía con las condiciones de la venta al Exterior.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 44 de 1952