Micelio

Artículo 2

El Instituto Popular De Cultura, Constara De Dos Secciones, A Saber: La Sección Primera, Para Niños De Ambos Sexos Hijos De Obreros Que Actuará Durante El Día; Y La Sección Segunda, Para Obreros Adultos De Ambos Sexos, Que Actuará En Las Horas Vespertinas

Decreto 1432 de 1949 · Por el cual se reorganizan la Escuela Complementaria de Especialización Artística y el Centro de Cultura Social

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. El Instituto Popular de Cultura, constara de dos Secciones, a saber: la Sección Primera, para niños de ambos sexos hijos de obreros que actuará durante el día; y la Sección Segunda, para obreros adultos de ambos sexos, que actuará en las horas vespertinas.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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