° La Superintendencia de Notariado y Registro podrá disponer que el Registro de Varios y sus índices se lleven por separado, según la naturaleza y características del hecho o acto.
Decreto 2158 de 1970 →Vigente
Artículo 3
La Superintendencia De Notariado Y Registro Podrá Disponer Que El Registro De Varios Y Sus Índices Se Lleven Por Separado, Según La Naturaleza Y Características Del Hecho O Acto
Decreto 2158 de 1970 · Por el cual se modifica y adiciona el Decreto-ley número 1260 de 1970 y se dictan otras disposiciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.