Giro de las transferencias. El giro de las transferencias establecido en el artículo anterior se realizará dentro de los diez (10) últimos días del mes al que corresponde la transferencia, y los Territorios Indígenas certificados pagarán las obligaciones laborales dentro de los dos (2) días siguientes a la respectiva transferencia de la Nación.
Decreto 1953 de 2014 →Vigente
Artículo 61
Giro De Las Transferencias
Decreto 1953 de 2014 · por el cual se crea un régimen especial con el fin de poner en funcionamiento los Territorios Indígenas respecto de la administración de los sistemas propios de los pueblos indígenas hasta que el Congreso expida la ley de que trata el artículo 329 de la Constitución Política.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.