° . Los demás aspectos relacionados con la adjudicación de los predio adquiridos, precio, la forma de pago y obligaciones de los beneficiarios, se regirá por el reglamento vigente de dotación de tierras del Fondo Nacional Agrario expedido por la Junta Directiva del Incora.
El Defensor del Pueblo en ejercicio de sus funciones constitucionales y legales y de conformidad con su competencia velará por el debido cumplimiento y aplicación del programa y procedimientos que establece el presente Decreto.