Información Previa al Suscriptor: Las SAPAC deben difundir permanentemente, a través de su página web, los planes y contratos autorizados y vigentes. Cualquier información que divulguen las SAPAC debe permitir a los suscriptores conocer la operatividad del sistema, así como sus derechos y obligaciones frente a las SAPAC, en especial: a. Las responsabilidades y penalidades de las partes contratantes. b. Las garantías y requisitos adicionales exigidos a los suscriptores adjudicados para la entrega del bien y/o servicio. c. Las cuotas a ser cobradas, el monto al que ascienden, su cálculo y cualquier otra información relevante relacionada. d. La consulta en centrales de riesgo y verificación de la capacidad de pago esperada como requisito para entregar el bien adjudicado con cuotas aún Resoluci�n Firma Digital 2025-01-149411 pendientes de pago. e. La diferencia financiera entre un plan de autofinanciamiento comercial y un crédito bancario, resaltando las ventajas y desventajas de cada uno. Las SAPAC deben informar a la Superintendencia de Sociedades toda actualización de, información que realice en su página web que pueda incidir en la relación con sus clientes, del(los) contrato(s) y de los demás Circular externa documentos informativos sobre la adquisición de bienes y/o servicios a través de los planes. Es responsabilidad de las SAPAC que la información que difunda se encuentre actualizada, sea clara y correcta. La difusión de la información a través de la página web de las SAPAC debe realizarse en un espacio de fácil acceso y guardar correspondencia con la información que está difunda en sus oficinas de atención al público o por cualquier otro medio. Las SAPAC deben entregar al suscriptor, con anterioridad a la firma o aceptación del contrato, la “Cartilla para el Suscriptor” emitida por esta Superintendencia, el clausulado del contrato, el valor de la cuota y demás información que resulte relevante para la toma de decisión de vinculación por parte del suscriptor.
Artículo 8.22.1
Circular 100-000020 de 2026 · Circular Externa 100-000020 de 2 de julio de 2026
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.