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Artículo 2

La Auditoria De La Inspección General De Las Fuerzas Militares Estará Integrada A Así: Auditor Secretario, Auxiliar Primero Y Mensajero Segundo

Decreto 1486 de 1950 · Por el cual se reglamenta la Justicia Penal Militar, se fijan unas asignaciones y se hacen unos nombramientos

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º La Auditoria de la Inspección General de las Fuerzas Militares estará integrada a así: Auditor Secretario, Auxiliar Primero y Mensajero Segundo. Las Auditorias de la Dirección General del Ejercito, de la Dirección General de la Armada y del Comando Superior de la Fuerza Aérea estarán integradas así: Auditor y Auxiliar Primero. La Auditoria de la Brigada de Institutos Militares estará integrada así: Auditor, Secretario, Auxiliar Primero y Mecanógrafo Primero. Las Auditorias de las Brigadas Militares estarán integradas así: Auditor y Secretario. La Auditoria de la Base Naval A.R.C. "Bolívar" y de la Base Fluvial de Entrenamiento A.R.C. "Barranquilla" estará integrada así: Auditor y Secretario.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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