Micelio

Artículo 20

Decreto 10 de 1995 · por el cual se reestructura el Ministerio de Minas y Energía.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

División Financiera . La División de Presupuesto, que en lo sucesivo se denominará División Financiera, tendrá a su cargo las siguientes funciones adicionales a las contempladas en el artículo 24 del Decreto 2119 de 1992

a)

Adelantar las actividades y trámites relativos a la ejecución financiera y presupuestal del Ministerio de Minas y Energía;

b)

Llevar los registros contables exigidos por las reglamentaciones vigentes;

c)

Presentar los balances del Ministerio de Minas y Energía ante los organismos competentes;

d)

Tramitar el pago por cuentas a los Proveedores del Ministerio;

e)

Realizar un seguimiento permanente a las cuentas registradas en Tesorería;

f)

Rendir y suministrar la información presupuestal y financiera requerida por los organismos competentes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 10 de 1995