Micelio

Artículo 3

Caracterización De Los Programas Y Proyectos Del Sector Interreligioso

Ley 2488 de 2025 · por el cual se reconoce el sector interreligioso por la promoción de la ética y los valores humanos en Colombia, su aporte social, la construcción de tejido social y la resolución de conflictos, y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Ministerio del Interior coordinará de manera transversal con los diferentes sectores, entidades y demás actores que correspondan, incluyendo las entidades territoriales, los procesos que permitan la caracterización integral de las acciones, oferta social y comunitaria, brindadas por el Sector Interreligioso, en beneficio de las comunidades, y su impacto social en el territorio.

La caracterización permitirá identificar y visibilizar los planes, proyectos y servicios que articulan y coordinan en el Sector Interreligioso, a fin generar monitoreo y actualización de la información estadística de manera periódica.

Esta caracterización deberá desarrollarse con un enfoque plural, laico, interdisciplinario y de derechos humanos, garantizando el respeto a la diversidad religiosa y no religiosa, así como al principio de neutralidad del Estado frente a todas las confesiones, creencias y cosmovisiones reconocidas por el Ministerio del Interior, incluyendo las indígenas, afrocolombianas y palenqueras, así como las convicciones de quienes no profesan ninguna religión.

Parágrafo

Las entidades y organizaciones del sector interreligioso participarán de manera voluntaria con respeto a su autonomía, estatutos e inmunidad de coacción, siempre bajo el respeto de la legalidad y de los derechos humanos en los términos establecidos por la Constitución.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 2488 de 2025